Recomendaciones del Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España a los Peritos y Forenses


Propuesta del Consejero de COA Baleares. Unión de Arquitectos Peritos y Forenses de España

El pleno de Consejeros del CSCAE, en la reunión celebrada el 9 de octubre de 2009, ha acordado trasladar a los colegios, como criterio de recomendación para los arquitectos en su actuación como peritos, que en los informes o dictámenes no se haga referencia a las normativas técnicas de titularidad privada no publicadas en los diarios oficiales, carentes, por tanto, del requisito legal de publicidad indispensable para adquirir el carácter de disposiciones reglamentarias de aplicación obligatoria

Jornada Científica sobre la responsabilidad del Arquitecto

http://www.derechodelaedificacion.uma.es/

El dia 20 de Noviembre de 2009 se celebra la jornada científica sobre la responsabilidad
del arquitecto, 10 años después de la entrada en vigor de la LOE.

Asistiremos.

Muro reventado por presión hidrostática



En este caso la falta de un sistema de drenaje
adecuado a provocado la rotura del muro
por la presión hiodrostática producida
por el sistema de riego del jardín que soporta
el muro.

¿ Que son las grietas de retracción ?



Con la idea de que una imagen vale más que mil palabras
colocamos esta foto. Se trata del fondo de una laguna compuesta
por suelos limo-arcillosos que cuando se deseca en Verano.
Al perder el agua, la arcilla se retrae y se cuartea.

Todo el mundo entiende este fenómeno en la naturaleza,
pues igualmente en menor medida este fenómeno se da
en los morteros y hormigones que al perder el agua en el
proceso de fraguado y según condiciones climatológicas y de curación
pueden aparecer grietas de retracción.

La Gerencia Municipal de Urbanismo ha abierto hoy el plazo para solicitar subvenciones a la realización de los informes de la ITE.

Publicado en SUR. 15.07.2009

La Gerencia Municipal de Urbanismo ha abierto hoy el plazo para solicitar subvenciones a la realización de los informes de la Inspección Técnica de Edificios (ITE). Las ayudas podrán pedirse hasta el próximo 15 de octubre y consisten en el abono de una parte de los honorarios cobrados por los profesionales que realizan la inspección técnica. Según informó el Ayuntamiento, pueden beneficiarse de esta convocatoria tanto los propietarios de edificios que tengan que pasar la ITE este año -los construidos entre 1907 y 1931- como los de aquellos inmuebles que fueron inspeccionados en 2008 en tiempo y forma y que no pidieron la ayuda en el plazo que se abrió al efecto.
El presupuesto para las ayudas es de cien mil euros, de los que la mitad se destinará a los solicitantes de este año y la otra mitad a los que cumplieron con el trámite de la ITE en 2008. Los titulares de varios inmuebles no podrán obtener más de dos subvenciones, que tendrán en todo caso una cuantía máxima de 900 euros. Las ayudas se calcularán en función del nivel de ingresos corregidos de los solicitantes y serán un porcentaje del presupuesto subvencionable.

¿ Hasta dónde puede llegar una humedad incontrolada a afectar a un muro ?



Obsérvese el moho blanco que ha llegado a alcanzar
un volumen tal que ha provocado el desprendimiento
de los rodapies del muro.



Los revestidos se han despegado del ladrillo y pueden
colapsar en cualquier momento.

La reparación pasa por el picado de todos los revestidos,
enlucidos, rodapies, etc. Impedir la entrada
de agua y volver a aplicar los revestidos.

¿ Que pasa cuando un arquitecto renuncia a realizar la dirección de una Obra ?

Cuando un arquitecto renuncia a realizar una dirección de una obra, ha de comunicar al Colegio de Arquitectos el estado en que deja la obra, con los elementos de obra terminados y el porcentaje ejecutado de la misma. De esta forma se delimita su responsabilidad sobre lo ejecutado bajo su dirección, que la sigue manteniendo aunque renuncie, respecto a la responsabilidad que asume el arquitecto que retome la dirección de la obra. El arquitecto que asume la dirección certifica a su vez el estado en que retoma la obra que debe en principio coincidir con el porcentaje certificado por el anteior, de no ser así este último ha de asumir la legalización de las partidas de obras ejecutadas entonces sin dirección facultativa.

Estructuras de madera afectadas por la humedad




En esta caso la infiltración a través de los muros del
patio han llegado a afectar hasta a la moldura decorativa
de escayola provocando su despegue y peligro de
desplome, las carpinterias antiguas de madera
estan hinchadas por la humedad y se ha llegado al
desprendimiento de los revestidos.
La humedad ha distorsinado la estructura de madera
que soporta la galería alrededor del patio provocando
la falte de planeidad que se aprecia en el techo.

Infiltración de agua por fallo de conexión de impermeabilzación y desagüe



La falta de injerencia de la tela en el tubo de desagüe provoca
en este caso las infiltraciones de agua que aparecen en el techo
bajo la terraza que se ha tenido que levantar para detectar
esta causa. La subsanación pasa por el soldado de un trozo
nuevo de tela asfaltica que garantice la correcta injerencia de
la tela en el tubo de desagüe.

¿ Quienes son los agentes responsables en la Edificación ?

En el capítulo tercero de la Ley de Ordenación de la edificación, “agentes de la edificación”, se enumeran y definen quiénes participan en el proceso de edificación y cúales son sus obligaciones y responsabilidades.

PROMOTOR.- Art. 9 L.O.E. Persona física o jurídica, pública o privada, que, individual o colectivamente, decide, impulsa, programa y financia, con recursos propios o ajenos, las obras de edificación para sí o para su posterior enajenación, entrega o cesión a terceros bajo cualquier título.

PROYECTISTA.- Art. 10 L.O.E. Agente encargado de redactar el proyecto. Éste queda definido en el art. 4 L.O.E. como el conjunto de documentos mediante los cuales se definen y determinan las exigencias técnicas de las obras de conformidad con la normativa técnica aplicable. El proyectista de una edificación deberá tener la titulación académica habilitante de arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico, según corresponda en cada caso.

EL CONSTRUCTOR.- Art. 11 L.O.E. Agente que asume el compromiso de ejecutar con medios humanos y materiales las obras. Debe ejecutar éstas de conformidad con el proyecto, legislación aplicable e instrucciones del director de obra y director de la ejecución de obra.

EL DIRECTOR DE OBRA.- Art. 12 L.O.E. Arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico según corresponda, que dirige el desarrollo de la obra en los aspectos técnicos, estéticos, urbanísticos y medioambientales, de conformidad con el proyecto.

EL DIRECTOR DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA. Art. 13 L.O.E. Dirección facultativa, con titulación académica de arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico según corresponda, que asume la función técnica de dirigir la ejecución material de la obra y de controlar cualitativa y cuantitativamente la construcción y la calidad de lo edificado.

LABORATORIOS DE CONTROL DE CALIDAD DE LA EDIFICACIÓN. Art. 14 L.O.E.. Entidad de control de la calidad del proyecto, materiales y ejecución de obra de conformidad con la normativa aplicable. Deben estar capacitados para prestar asistencia técnica mediante la realización de pruebas y ensayos de materiales, sistemas e instalaciones de una edificación.

SUMINISTRADORES DE PRODUCTOS. Art. 15 L.O.E. Fabricantes, almacenistas, importadores o vendedores de productos de construcción que responden sobre el origen, identidad y calidad de los productos entregados para la realización de la obra.

Y COMO NOVEDAD EL USUARIO FINAL APARECE TAMBIÉN COMO AGENTE RESPONSABLE DEL MANTENIMIENTO DEL EDIFICIO SIGUIENDO LAS RECOMENDACIONES EXPUESTAS EN EL " LIBRO DEL EDIFICIO ".